Artículo 11 de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que en México todas las personas tienen derecho a disfrutar la cultura y los servicios que el gobierno ofrece para eso, como conciertos, museos o bibliotecas. También puedes elegir libremente la identidad cultural que quieras, por ejemplo, sentirte parte de una comunidad indígena, de una ciudad o de un grupo artístico. Tienes derecho a expresarte en el idioma que prefieras, a participar activamente en la cultura y a que el gobierno proteja tus obras si eres artista o escritor. Además, puedes usar internet y la tecnología para ejercer estos derechos culturales.
Texto oficial
Artículo 11.- Todos los habitantes tienen los siguientes derechos culturales: I. Acceder a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia; II. Procurar el acceso al conocimiento y a la información del patrimonio material e inmaterial de las culturas que se han desarrollado y desarrollan en el territorio nacional y de la cultura de otras comunidades, pueblos y naciones; III. Elegir libremente una o más identidades culturales; IV. Pertenecer a una o más comunidades culturales; V. Participar de manera activa y creativa en la cultura; VI. Disfrutar de las manifestaciones culturales de su preferencia; VII. Comunicarse y expresar sus ideas en la lengua o idioma de su elección; VIII. Disfrutar de la protección por parte del Estado mexicano de los intereses morales y patrimoniales que les correspondan por razón de sus derechos de propiedad intelectual, así como de las producciones artísticas, literarias o culturales de las que sean autores, de conformidad con la legislación aplicable en la materia; la obra plástica y escultórica de los creadores, estará protegida y reconocida exclusivamente en los términos de la Ley Federal del Derecho de Autor. IX. Utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones para el ejercicio de los derechos culturales, y X. Los demás que en la materia se establezcan en la Constitución, en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y en otras leyes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.