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Artículo 15 de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Todos los niveles de gobierno en México, desde el federal hasta las alcaldías de la Ciudad de México, deben hacer acciones para investigar, cuidar, proteger y dar a conocer el patrimonio cultural que no se puede tocar, como las tradiciones, fiestas, música y conocimientos de los pueblos originarios. También tienen que promover que esas expresiones sean respetadas y valoradas como se merecen. Todo esto lo hacen mediante el estudio, la difusión y el aprendizaje de esas culturas.

Texto oficial

Artículo 15.- La Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia, desarrollarán acciones para investigar, conservar, proteger, fomentar, formar, enriquecer y difundir el patrimonio cultural inmaterial, favoreciendo la dignificación y respeto de las manifestaciones de las culturas originarias, mediante su investigación, difusión, estudio y conocimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.