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Ley
LEY General de Cultura y Derechos Culturales
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los gobiernos de los estados, municipios y las alcaldías de la Ciudad de México tienen que apoyar, dentro de lo que les toca hacer y según los acuerdos que firmen con la Secretaría de Cultura, para que se cumplan los objetivos de esta ley.

Texto oficial

Artículo 20.- Los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México deberán coadyuvar, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de Cultura, al cumplimiento de los objetivos de la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales (pág. 6) ↗

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