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Ley
LEY General de Cultura y Derechos Culturales
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que el gobierno federal usa para cumplir con los objetivos de esta ley sigue siendo dinero de la federación, no pasa a ser de los estados ni de los municipios. Eso significa que la auditoría o revisión de cómo se gasta ese dinero la sigue haciendo el gobierno federal, incluso si lo manejan los gobiernos estatales, municipales o las alcaldías de la Ciudad de México. En pocas palabras, aunque otra autoridad lo use, el control y la vigilancia sobre esos recursos siempre es federal.

Texto oficial

Artículo 26.- Los recursos públicos federales aplicados en el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley no perderán su carácter federal y las disposiciones de fiscalización federal se aplicarán a las entidades federativas, los municipios y a las alcaldías de la Ciudad de México, conforme a la normatividad vigente. Capítulo II Sistema Nacional de Información Cultural

Ver texto oficial de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales (pág. 8) ↗

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