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Ley
LEY General de Cultura y Derechos Culturales
Artículo
36

Artículo 36 de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Cultura se encargará de checar que se cumplan los compromisos acordados en la Reunión Nacional de Cultura. Para esto, seguirá las reglas que se hayan establecido para asegurarse de que todo se haga como se planeó. En pocas palabras, vigilarán que lo que se prometió en esa reunión sí se lleve a cabo.

Texto oficial

Artículo 36.- En el marco de la Reunión Nacional de Cultura, la Secretaría de Cultura, como coordinadora de sector, dará seguimiento a los convenios y acuerdos alcanzados de conformidad con los lineamientos de operación que se emitan para tal efecto. TÍTULO CUARTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y PRIVADA Capítulo I De la participación social

Ver texto oficial de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales (pág. 9) ↗

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