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Artículo 12 de la LEY General de Contabilidad Gubernamental

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El comité está formado por diferentes personas y representantes. Primero, están los miembros de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales, pero sin incluir al Secretario de Hacienda. También participa un representante de los municipios por cada grupo de estados del país, y otro de la Auditoría Superior de la Federación (que revisa el dinero público). Además, se suma un representante de las oficinas estatales que fiscalizan, el director del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, y uno de la Federación Nacional de Colegios de Contadores Públicos. Por último, están un representante del Instituto Mexicano de Contadores Públicos y otros expertos en contabilidad que el consejo invite.

Texto oficial

Artículo 12.- El comité se integra por: I. Los miembros de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales, a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal, con excepción del Secretario de Hacienda y Crédito Público; II. Un representante de los municipios por cada grupo de las entidades federativas a que se refiere el artículo 20, fracción III, de la Ley de Coordinación Fiscal; III. Un representante de la Auditoría Superior de la Federación; IV. Un representante de las entidades estatales de fiscalización; V. El Director General del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas; VI. Un representante de la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos; VII. Un representante del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, y LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 10 de 57 VIII. Los representantes de otras organizaciones de profesionales expertos en materia contable que sean invitados por el consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.