Artículo 115 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Comisión, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México deben crear programas para limpiar y cuidar los bosques. Esto incluye acciones como quitar árboles enfermos o plagas que dañen el monte. La idea es mantener los bosques sanos y evitar que se enfermen o se mueran.
Texto oficial
Artículo 115. La Comisión, las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, implementarán programas para acciones de saneamiento forestal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.