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Ley
LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable
Artículo
118

Artículo 118 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión va a definir los planes principales sobre cómo manejar el fuego, tanto para los próximos años como a largo plazo. También va a crear reglas claras para revisar, actualizar y checar que esos planes estén funcionando bien.

Texto oficial

Artículo 118. La Comisión emitirá las líneas estratégicas en materia de manejo del fuego de mediano y largo plazos y establecerá los mecanismos de revisión, actualización y evaluación.

Ver texto oficial de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable (pág. 57) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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