- Ley
- LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable
- Artículo
- 118
Artículo 118 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión va a definir los planes principales sobre cómo manejar el fuego, tanto para los próximos años como a largo plazo. También va a crear reglas claras para revisar, actualizar y checar que esos planes estén funcionando bien.
Texto oficial
Artículo 118. La Comisión emitirá las líneas estratégicas en materia de manejo del fuego de mediano y largo plazos y establecerá los mecanismos de revisión, actualización y evaluación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.