Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 146 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría y la Comisión van a crear formas de trabajar con la gente para cuidar los bosques de manera responsable, sin acabarlos. Esto significa que harán programas o campañas para que las personas participen y aprendan a usar los recursos del bosque sin dañarlo. Así se busca que todos, comunidades y autoridades, colaboren para que los árboles y la naturaleza duren mucho tiempo.

Texto oficial

Artículo 146. La Secretaría y la Comisión desarrollarán mecanismos de vinculación social para fomentar el desarrollo forestal sustentable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 70) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.