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Artículo 39 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) va a crear reglas y métodos claros para juntar toda la información sobre los bosques en un solo sistema nacional. Esto es para que los datos sean confiables, estén bien organizados y se puedan comparar entre sí. Las autoridades que participen en esto serán responsables de que la información que generen sea correcta y compatible con el resto del sistema. En pocas palabras, quieren que todos los datos de los bosques del país estén bien ordenados y que nadie los eche a perder.

Texto oficial

Artículo 39. Para la integración de la información al Sistema Nacional de Información Forestal, la Secretaría deberá crear normas, procedimientos y metodologías que garanticen la compatibilidad y la responsabilidad de la información generada y de las autoridades involucradas en dicho proceso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.