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Ley
LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable
Artículo
57

Artículo 57 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando midan madera, como troncos o tablas, o cualquier otro material del monte, tienen que usar el sistema de medidas oficial de México, que son metros, kilos o litros. Por ejemplo, si miden un tronco o una tabla ya cortada, deben medirlo completo, sin quitarle nada ni redondearle medidas. Esto aplica para cumplir con la ley y sus reglas. En corto, midan bien y con las unidades que todos usamos en México.

Texto oficial

Artículo 57. Las mediciones de las materias primas forestales, sus productos y subproductos, para efectos de lo dispuesto en la presente Ley y su Reglamento, deberán hacerse con el Sistema General de Unidades de Medida. En caso de madera en rollo o en escuadría se deberá realizar a su dimensión total.

Ver texto oficial de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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