Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 62 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica que la autoridad puede cambiar, suspender, quitar o dar por terminados permisos y autorizaciones relacionados con bosques, pero antes debe darte oportunidad de defenderte. Te tienen que citar a una audiencia donde puedas presentar pruebas y dar tus razones. Si la autoridad decide que ya no vale tu permiso, le avisará al Registro Forestal para que lo anoten. En casos muy urgentes, como un peligro para la gente o el medio ambiente, la autoridad puede ordenar medidas temporales para proteger los bosques, aunque no haya terminado el proceso.

Texto oficial

Artículo 62. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en esta Ley, podrán ser modificadas, suspendidas, revocadas, declaradas extintas o caducas, previa audiencia que se conceda a los interesados para que rindan pruebas y aleguen lo que a su derecho convenga, por las causas previstas en la presente Ley, y de conformidad con los procedimientos que establezca el Reglamento y en lo no previsto se sujetará supletoriamente a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Párrafo reformado DOF 11-04-2022 Una vez emitida la resolución que declare procedente cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior se solicitará al Registro Forestal Nacional llevar a cabo las anotaciones correspondientes. La Secretaría, cuando exista urgencia, atendiendo al interés social o al orden público, podrá imponer medidas provisionales de sanidad, remediación, conservación, restauración y mitigación de impactos adversos a los ecosistemas forestales. LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 45 de 85 Párrafo reformado DOF 11-04-2022

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.