Artículo 70 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú pides directamente, la Secretaría de Medio Ambiente y la Comisión Forestal te ayudan a hacer los trámites para obtener los papeles que comprueben que tus productos del bosque (como madera o plantas) se consiguieron de manera legal y se pueden transportar. Esos documentos son necesarios para demostrar que todo está en orden según la ley forestal. Básicamente, si lo solicitas, te apoyan con los permisos para que puedas mover tus productos sin problemas.
Texto oficial
Artículo 70. La Secretaría y la Comisión a solicitud expresa del interesado, realizarán los trámites necesarios para el otorgamiento de la documentación que acredite la legal procedencia y la transportación de los productos forestales y las materias primas obtenidos en términos de esta Ley y su Reglamento. Artículo reformado DOF 11-04-2022
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.