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Artículo 85 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para poder usar ciertas plantas del monte, necesitas pedir permiso. Esto aplica para: la tierra que tiene hojas y se usa para plantas, los tallos de las plantas de yuca (como las que se usan para hacer fibra), y plantas completas de familias como los agaves, nopales, maguey, palmas u orquídeas que vienen del bosque o la selva. La ley va a decir en otro reglamento cómo pedir ese permiso. En pocas palabras, no puedes agarrar estas plantas libremente; primero debes seguir el trámite.

Texto oficial

Artículo 85. Se requiere autorización para el aprovechamiento en los casos siguientes: a) Tierra de monte y de hoja; b) Tallos de las especies del género Yucca, y c) Plantas completas de las familias Agavaceae, Cactaceae, Cyatheaceae, Dicksoniaceae, Nolinaceae, Orchidaceae, Palmae y Zamiaceae provenientes de vegetación forestal. El Reglamento establecerá los requisitos de la solicitud de autorización. Sección Quinta De la Colecta y Uso de los Recursos Forestales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.