- Ley
- LEY General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas
- Artículo
- 3
Artículo 3 de la LEY General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las lenguas indígenas son parte importante de la cultura de México y deben ser protegidas. El hecho de que existan tantas lenguas diferentes muestra la gran diversidad de culturas que hay en nuestro país.
Texto oficial
ARTÍCULO 3. Las lenguas indígenas son parte integrante del patrimonio cultural y lingüístico nacional. La diversidad de lenguas indígenas es una de las principales expresiones de la composición pluricultural de la Nación Mexicana. Artículo reformado DOF 15-12-2015
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