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Ley
LEY General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas
Artículo
3

Artículo 3 de la LEY General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las lenguas indígenas son parte importante de la cultura de México y deben ser protegidas. El hecho de que existan tantas lenguas diferentes muestra la gran diversidad de culturas que hay en nuestro país.

Texto oficial

ARTÍCULO 3. Las lenguas indígenas son parte integrante del patrimonio cultural y lingüístico nacional. La diversidad de lenguas indígenas es una de las principales expresiones de la composición pluricultural de la Nación Mexicana. Artículo reformado DOF 15-12-2015

Ver texto oficial de la LEY General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas (pág. 1) ↗

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