- Ley
- LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos: la familia, la comunidad, el gobierno y cualquier persona de la sociedad tienen la obligación de respetar y ayudar a proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes. También deben asegurarse de que tengan una vida digna, con lo básico para vivir bien, como alimentación, vivienda y salud. Esto quiere decir que nadie puede quedarse con los brazos cruzados si un niño o adolescente está en riesgo o necesita apoyo. La ley pone esta responsabilidad en todos, no solo en los papás o en las autoridades.
Texto oficial
Artículo 11. Es deber de la familia, la comunidad a la que pertenecen, del Estado y, en general, de todos los integrantes de la sociedad, el respeto y el auxilio para la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, así como garantizarles un nivel adecuado de vida. LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 8 de 97
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