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Artículo 7 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que todas las leyes de México, tanto las federales como las de cada estado, tienen la obligación de cuidar y promover los derechos de los niños y adolescentes, como el respeto y la protección. También deben crear formas y acciones para que ellos crezcan y se desarrollen completamente en todos los aspectos: físico, mental, emocional y social. Es como asegurarse de que las autoridades pongan todo de su parte para que los menores estén bien y tengan una vida plena.

Texto oficial

Artículo 7. Las leyes federales y de las entidades federativas deberán garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes; así como prever, primordialmente, las acciones y mecanismos que les permitan un crecimiento y desarrollo integral plenos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.