Artículo 73 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a dar su opinión y ser tomados en serio en cualquier juicio o proceso legal que los afecte. Por ejemplo, si hay una disputa sobre su custodia o su bienestar, un juez debe escucharlos. La ley obliga a que su voz cuente, pero siempre siguiendo las reglas específicas que ya están establecidas.
Texto oficial
Artículo 73. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar, a ser escuchados y tomados en cuenta en todos los procesos judiciales y de procuración de justicia donde se diriman controversias que les afectan, en los términos señalados por el Capítulo Décimo Octavo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.