Artículo 74 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que el gobierno les explique cómo se tomó en cuenta su opinión cuando hicieron una petición. Esto aplica para cualquier autoridad, ya sea federal, estatal o municipal. Por ejemplo, si un niño pide algo a su escuela o a un funcionario, deben decirle si su solicitud sirvió o no. La respuesta debe ser clara y en un lenguaje que entiendan. Así se respeta su derecho a ser escuchados y a saber qué pasó con lo que pidieron.
Texto oficial
Artículo 74. Niñas, niños y adolescentes también tienen derecho a que las diferentes instancias gubernamentales, en los tres órdenes de gobierno, les informen de qué manera su opinión ha sido valorada y tomada en cuenta su solicitud. Capítulo Décimo Sexto Del Derecho de Asociación y Reunión
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.