- Ley
- LEY General de Desarrollo Social
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la LEY General de Desarrollo Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero que el gobierno federal destina a los programas de ayuda social (como becas o apoyos) puede recibir una inyección extra de parte de los gobiernos de los estados y de los municipios. También se vale que organismos de otros países, organizaciones ciudadanas o empresas privadas pongan su propio dinero para sumarse a esos programas. Esto significa que no solo el gobierno federal paga, sino que pueden cooperar otros niveles de gobierno y hasta particulares para que el programa tenga más fondos.
Texto oficial
Artículo 24. Los recursos presupuestales federales asignados a los programas de desarrollo social podrán ser complementados con recursos provenientes de los gobiernos estatales y municipales, así como con aportaciones de organismos internacionales y de los sectores social y privado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.