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Artículo 35 de la LEY General de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno de todo el país y los gobiernos de cada estado (como en tu ciudad o estado) pueden poner dinero como *capital de riesgo*, que es una inversión con la que se corre el riesgo de perderlo, pero que busca ayudar a que negocios comunitarios o empresas sociales sean viables y funcionen. También pueden dar apoyo económico a personas, familias o grupos que tengan como meta financiar proyectos para mejorar la vida de la gente, como sacar a otros de la pobreza.

Texto oficial

Artículo 35. El Gobierno Federal y los gobiernos de las entidades federativas podrán aportar recursos como capital de riesgo para dar viabilidad a las empresas sociales y destinar recursos para apoyar a personas, familias y organizaciones sociales cuyo objeto sea el financiamiento de proyectos de desarrollo social. Capítulo VI De la Definición y Medición de la Pobreza

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.