Artículo 5 de la LEY General de Desarrollo Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define los términos clave que se usan en toda esta ley. - **Beneficiarias**: Son las personas que reciben ayuda de los programas sociales del gobierno, siempre y cuando cumplan con los requisitos que marca la ley. - **Consejo Consultivo**, **Comisión Intersecretarial**, **Comisión Nacional** y **Sistema Nacional**: Son los grupos de trabajo o instituciones del gobierno que se encargan de diseñar, coordinar o supervisar los programas de desarrollo social. - **Grupos sociales en situación de vulnerabilidad**: Son personas o comunidades que, por cosas como la pobreza, la discriminación o algún riesgo, no pueden vivir bien por sí solas y necesitan apoyo del gobierno. - **Instituto**: Se refiere al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la oficina que hace los censos y las encuestas. - **Secretaría**: Es la Secretaría de Bienestar, la dependencia del gobierno federal que maneja los programas de ayuda. - **Organizaciones**: Son grupos de personas o asociaciones ya legalmente registradas que trabajan en temas de desarrollo social. - **Padrón**: Es la lista oficial de todas las personas que reciben apoyo de los programas federales; ahí aparecen sus datos y su nivel económico según las reglas del programa. - **Política de Desarrollo Social**: Son todos los programas, proyectos y acciones que el gobierno usa para reducir la desigualdad, la pobreza y la exclusión, buscando que todos tengan las mismas oportunidades.
Texto oficial
Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se entiende por: I. Beneficiarias: Aquellas personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social que cumplen los requisitos de la normativa correspondiente; Fracción reformada DOF 16-07-2025 II. Consejo Consultivo: Consejo Consultivo de Desarrollo Social; III. Derogada Fracción derogada DOF 16-07-2025 IV. Comisión Intersecretarial: Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social; V. Comisión Nacional: Comisión Nacional de Desarrollo Social; VI. Grupos sociales en situación de vulnerabilidad: Aquellos núcleos de población y personas que por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida y, por lo tanto, requieren de la atención e inversión del Gobierno para lograr su bienestar; VI Bis. Instituto: Instituto Nacional de Estadística y Geografía; Fracción adicionada DOF 16-07-2025 VII. Secretaría: Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal; Fracción reformada DOF 16-07-2025 VIII. Sistema Nacional: Sistema Nacional de Desarrollo Social; LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 4 de 40 IX. Organizaciones: Agrupaciones civiles y sociales, legalmente constituidas, en las que participan personas o grupos sociales con el propósito de realizar actividades relacionadas con el desarrollo social; Fracción reformada DOF 16-07-2025 X. Padrón: Relación oficial de personas beneficiarias que incluye a las personas atendidas por los programas federales de desarrollo social cuyo perfil socioeconómico se establece en la normativa correspondiente, y Fracción reformada DOF 16-07-2025 XI. Política de Desarrollo Social: Conjunto de programas, proyectos y acciones tendientes a reducir las brechas de desigualdad, pobreza, rezago social y exclusión social, que potencian y garantizan el desarrollo sostenible y con equidad. Fracción adicionada DOF 16-07-2025 TÍTULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS Y LAS OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS DEL DESARROLLO SOCIAL Capítulo Único
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.