Artículo 67 de la LEY General de Desarrollo Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien o una organización ve que se están violando los derechos que protege esta ley, o que algo está dañando esos derechos (aunque el daño apenas pueda pasar), puede ir a la autoridad correspondiente a poner una queja o denuncia. No importa si es una persona común o un grupo grande; cualquier persona tiene derecho a reportarlo. La queja puede ser por algo que ya pasó, por algo que está pasando ahora o por una situación que podría causar un problema después. Con esto, buscan que las autoridades revisen y tomen cartas en el asunto.
Texto oficial
Artículo 67. Toda persona u organización podrá presentar denuncia ante la autoridad competente sobre cualquier hecho, acto u omisión, que produzca o pueda producir daños al ejercicio de los derechos establecidos en esta Ley o contravengan sus disposiciones y de los demás ordenamientos que regulen materias relacionadas con el desarrollo social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.