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Artículo 79 de la LEY General de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los resultados de las evaluaciones se van a dar a conocer en el Diario Oficial de la Federación, que es como el periódico oficial del gobierno donde se publican cosas importantes. También tienen que entregarle esos resultados a las Comisiones de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados y del Senado, que son los grupos de políticos que revisan temas de ayuda social. Además, deben dárselos a la Secretaría, que es la dependencia encargada del asunto. En pocas palabras, la información tiene que hacerse pública y llegar a manos de quienes la necesitan para tomar decisiones.

Texto oficial

Artículo 79. Los resultados de las evaluaciones serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y deberán ser entregados a las Comisiones de Desarrollo Social de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, y a la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.