Artículo 105 de la LEY General de Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal, los gobiernos de los estados y los municipios tienen la obligación de cooperar para mantener en buen estado los edificios, muebles, servicios e instalaciones de las escuelas. Además, los papás, las mamás, los tutores y otras personas de la comunidad pueden ayudar de forma voluntaria. La Secretaría de Educación va a crear un Consejo de Infraestructura Educativa, que es un grupo donde diferentes autoridades platicarán y analizarán cómo mejorar el mantenimiento de los planteles escolares. En ese consejo participarán representantes del gobierno federal, de los estados y de los municipios para ponerse de acuerdo en las mejores formas de hacerlo.
Texto oficial
Artículo 105. Para el mantenimiento de los muebles e inmuebles, así como los servicios e instalaciones necesarios para proporcionar los servicios educativos, concurrirán los gobiernos federales, estatales, municipales y, de manera voluntaria, madres y padres de familia o tutores y demás integrantes de la comunidad. La Secretaría emitirá los lineamientos de operación del Consejo de Infraestructura Educativa, el cual será un espacio de consulta, deliberación y de análisis de las mejores prácticas de los asuntos sobre lo relativo a los muebles e inmuebles destinados a la educación, en el que participarán las autoridades educativas federal, de las entidades federativas y de los municipios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.