Artículo 106 de la LEY General de Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Educación, junto con otras dependencias del gobierno, va a crear reglas claras para que funcionen los Comités Escolares de Administración Participativa (o figuras parecidas) en las escuelas de primaria, secundaria y, a veces, preparatoria. La idea es que los padres, maestros, directivos y hasta alumnos desde cuarto de primaria puedan participar en mejorar y mantener los planteles educativos. Estos comités recibirán un presupuesto cada año para arreglar la escuela, comprar equipo o construir, pero si es construcción necesitarán ayuda técnica para hacerlo bien. Todo el dinero deberá manejarse con transparencia y usarse de manera eficiente. Al inicio de cada ciclo escolar, los integrantes del comité se elegirán en una asamblea donde votan maestros, directivos, padres de familia, tutores y estudiantes de cuarto grado en adelante.
Texto oficial
Artículo 106. Con objeto de fomentar la participación social en el fortalecimiento y mejora de los espacios educativos, su mantenimiento y ampliación de la cobertura de los servicios, la Secretaría, en coordinación con las dependencias federales respectivas, emitirán los lineamientos de operación de los Comités Escolares de Administración Participativa o sus equivalentes para los planteles de educación básica y, en su caso, de media superior, en los cuales además se aplicarán mecanismos de transparencia y eficiencia de los recursos asignados. El Comité Escolar de Administración Participativa o su equivalente tendrá como objetivo la dignificación de los planteles educativos y la paulatina superación de las desigualdades entre las escuelas del país, el cual recibirá presupuesto anual para mejoras, mantenimiento o equipamiento del plantel educativo y, en el caso de construcción deberá contar con asistencia técnica, de conformidad con los procedimientos establecidos en los lineamientos mencionados en el párrafo anterior y en cumplimiento de las disposiciones a las que alude este Capítulo. Sus integrantes serán electos al inicio de cada año lectivo mediante asamblea escolar en la que participen docentes, directivos, madres y padres de familia o tutores, además de estudiantes a partir del 4o. grado de primaria, de acuerdo a los lineamientos de operación que emita la Secretaría. Capítulo II De la mejora escolar
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.