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Ley
LEY General de Educación
Artículo
123

Artículo 123 de la LEY General de Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los gobiernos (federal, estatales y municipales) tienen que hacer programas para que las escuelas tengan mejor administración. Además, deben incluir dinero suficiente en su presupuesto para lograrlo. En las primarias, secundarias y preparatorias, la Secretaría de Educación Pública va a dar las reglas que deben seguir los gobiernos locales para crear esos programas. Esos programas buscan tres cosas: usar los resultados de las evaluaciones para mejorar cada año, hacer un plan anual con metas que todos puedan revisar, y manejar el dinero de forma clara para arreglar la escuela, comprar materiales y resolver problemas, con ayuda de maestros, alumnos y padres de familia, siempre bajo la dirección del director.

Texto oficial

Artículo 123. Las autoridades educativas federal, de los Estados, de la Ciudad de México y de los municipios, en el ámbito de sus atribuciones, deberán ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer las capacidades de la administración de las escuelas. Las autoridades educativas federal y de las entidades federativas, están obligadas a incluir en el proyecto de presupuesto que sometan a la aprobación de la Cámara de Diputados y de las legislaturas locales, los recursos suficientes para fortalecer las capacidades de la administración escolar. En las escuelas de educación básica y media superior, la Secretaría emitirá los lineamientos que deberán seguir las autoridades educativas locales y municipales para formular los programas de fortalecimiento de las capacidades de administración escolar, mismos que tendrán como objetivos: I. Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora continua en cada ciclo escolar; II. Desarrollar una planeación anual de actividades, con metas verificables y puestas en conocimiento de la autoridad y la comunidad escolar, y III. Administrar en forma transparente y eficiente los recursos que reciba para mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestras, maestros, madres y padres de familia o tutores, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.

Ver texto oficial de la LEY General de Educación (pág. 49) ↗

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