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Ley
LEY General de Educación
Artículo
27

Artículo 27 de la LEY General de Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación Pública va a revisar y evaluar seguido los planes de estudio y programas de los que habla este capítulo, para que siempre estén actualizados y sigan enfocados en cumplir lo que busca la educación. Esto es como cuando checas tu celular para ver si tiene las nuevas versiones de las apps. Además, va a invitar a maestros, alumnos, padres de familia y todas las personas que forman parte del sistema educativo a participar en este proceso. Así todos pueden opinar y ayudar a mejorar lo que se enseña en las escuelas.

Texto oficial

Artículo 27. La Secretaría realizará revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas de los planes y programas a que se refiere este Capítulo, para mantenerlos permanentemente actualizados y asegurar en sus contenidos la orientación integral para el cumplimiento de los fines y criterios de la educación. Fomentará la participación de los componentes que integren el Sistema Educativo Nacional. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 13 de 82

Ver texto oficial de la LEY General de Educación (pág. 12) ↗

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