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Artículo 79 de la LEY General de Educación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 79 dice que las escuelas y autoridades de educación van a crear programas de preparación (propedéuticos) para que los estudiantes, sus familias y sus comunidades se sientan parte de la escuela y ayuden en la formación del alumno. Esto significa que no solo el estudiante, sino también sus papás y vecinos, pueden involucrarse y colaborar con la institución. La idea es que todos se sientan parte del equipo y trabajen juntos para que el estudiante aprenda mejor.

Texto oficial

Artículo 79. Las autoridades educativas desarrollarán programas propedéuticos que consideren a los educandos, sus familias y comunidades para fomentar su sentido de pertenencia a la institución y ser copartícipes de su formación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.