Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGE/80
Ley
LEY General de Educación
Artículo
80

Artículo 80 de la LEY General de Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno debe ofrecerte servicios de orientación educativa y apoyo social, desde la primaria hasta la universidad. Esto se hace según el dinero disponible y lo que necesite cada escuela. La idea es que desarrolles un pensamiento crítico para que puedas elegir mejor qué estudiar o qué camino tomar en tu vida. Así, podrás crecer como persona y también ayudar a tu comunidad.

Texto oficial

Artículo 80. El Estado ofrecerá servicios de orientación educativa y de trabajo social desde la educación básica hasta la educación superior, de acuerdo con la suficiencia presupuestal y a las necesidades de cada plantel, a fin de fomentar una conciencia crítica que perfile a los educandos en la selección de su formación a lo largo de la vida para su desarrollo personal y contribuir al bienestar de sus comunidades. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 32 de 82

Ver texto oficial de la LEY General de Educación (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 80 de la LEY General de Educación, explicado | Precedente Legal