Artículo 134 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que tanto el gobierno (el estado) como todos nosotros (la sociedad) tenemos la responsabilidad de evitar que el suelo se contamine. La basura y los residuos son la causa principal de esa contaminación, por lo que hay que controlarlos. También se debe reducir la cantidad de desperdicios que generamos, fomentar el reciclaje y manejar la basura de manera adecuada. Si se usan plaguicidas o químicos tóxicos, hay que hacerlo sin dañar el medio ambiente ni la salud de las personas. Por último, si un suelo ya está contaminado con residuos peligrosos, se deben hacer trabajos para limpiarlo y que pueda usarse otra vez según lo que marque el plan de desarrollo de la ciudad o la ecología local.
Texto oficial
ARTÍCULO 134.- Para la prevención y control de la contaminación del suelo, se considerarán los siguientes criterios: I. Corresponde al estado y la sociedad prevenir la contaminación del suelo; II. Deben ser controlados los residuos en tanto que constituyen la principal fuente de contaminación de los suelos; III.- Es necesario prevenir y reducir la generación de residuos sólidos, municipales e industriales; incorporar técnicas y procedimientos para su reuso y reciclaje, así como regular su manejo y disposición final eficientes; Fracción reformada DOF 13-12-1996 IV.- La utilización de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas, debe ser compatible con el equilibrio de los ecosistemas y considerar sus efectos sobre la salud humana a fin de prevenir los daños que pudieran ocasionar, y Fracción reformada DOF 13-12-1996 V.- En los suelos contaminados por la presencia de materiales o residuos peligrosos, deberán llevarse a cabo las acciones necesarias para recuperar o restablecer sus condiciones, de tal manera que puedan ser utilizados en cualquier tipo de actividad prevista por el programa de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que resulte aplicable. Fracción adicionada DOF 13-12-1996
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.