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Artículo 14 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno, como secretarías y otras instituciones, deben trabajar juntas con la Secretaría del Medio Ambiente cuando una zona de México esté en riesgo ecológico. Esto pasa si hay desastres naturales, como huracanes o temblores, o por accidentes imprevistos o situaciones que nadie puede controlar, como un incendio no provocado. La idea es que actúen rápido para proteger el equilibrio de la naturaleza. No importa si fue por causas naturales o por algo que no se pudo evitar, el gobierno tiene que coordinarse y hacer lo necesario para ayudar.

Texto oficial

ARTÍCULO 14.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública se coordinarán con la Secretaría para la realización de las acciones conducentes, cuando exista peligro para el equilibrio ecológico de alguna zona o región del país, como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales, o por caso fortuito o fuerza mayor. Artículo reformado DOF 13-12-1996

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.