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Artículo 178 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay ciertos casos en los que no se puede detener el decomiso de plantas o animales silvestres, aunque alguien lo solicite. Por ejemplo, si no tienes un permiso, si cazaste o recolectaste fuera de la temporada o zona permitida, o si las especies están en peligro de extinción, el gobierno te las puede quitar sin posibilidad de que las recuperes mientras se resuelve el asunto. También aplica si eres extranjero, si usas herramientas prohibidas como armas o redes ilegales, o si sacaste madera sin autorización. En resumen, en estas situaciones no hay manera de que devuelvan lo decomisado hasta que termine el proceso legal.

Texto oficial

ARTÍCULO 178.- No procederá la suspensión del decomiso, en los siguientes casos: I. Cuando se trate de especies de flora y fauna silvestre que carezcan de la concesión, permiso o autorización correspondiente; II. Cuando se trate de especies de flora y fauna silvestre extraídas o capturadas en época, zona o lugar no comprendidos en la concesión, permiso o autorización respectivos, así como en volúmenes superiores a los establecidos; III. Cuando se trate de especies de flora y fauna silvestre declaradas en veda o sean consideradas raras, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial conforme a esta Ley u otras disposiciones jurídicas aplicables; IV. Cuando se trate de especies de flora y fauna silvestre decomisadas a extranjeros, o en embarcaciones o transportes extranjeros; V. Cuando se trate de productos o subproductos de flora y fauna silvestre, armas de caza, artes de pesca y demás objetos o utensilios prohibidos por la normatividad aplicable, y VI. Cuando se trate de materias primas forestales maderables y no maderables, provenientes de aprovechamientos para los cuales no exista autorización. Artículo reformado DOF 13-12-1996

Ver ley oficial en el DOF (pág. 90) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.