- Ley
- LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
- Artículo
- 200
Artículo 200 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada estado de la República Mexicana tiene su propia ley para proteger el medio ambiente. Si ves que alguien, por ejemplo, está contaminando un río o tirando basura en un terreno y eso afecta la naturaleza, puedes ir a denunciarlo. Esa denuncia se llama "denuncia popular" y cada estado debe tener un procedimiento fácil para que tú la puedas hacer. La ley local te dirá cómo presentar tu queja para que las autoridades investiguen y detengan el daño ecológico.
Texto oficial
ARTÍCULO 200.- Las leyes de las entidades federativas establecerán el procedimiento para la atención de la denuncia popular cuando se trate de actos, hechos u omisiones que produzcan o puedan producir desequilibrios ecológicos o daños al ambiente, por violaciones a la legislación local ambiental. Artículo adicionado DOF 13-12-1996
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.