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Artículo 88 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo debemos cuidar el agua y los lugares donde vive, como ríos y lagos. Primero, dice que tanto el gobierno como todos nosotros somos responsables de proteger estos espacios y el ciclo natural del agua. Segundo, cuando usamos recursos como el agua o la tierra, debemos hacerlo sin dañar el equilibrio de la naturaleza. Tercero, para mantener ese equilibrio, hay que cuidar los suelos, los bosques y las selvas, además de asegurar que los ríos tengan suficiente agua y que los mantos acuíferos se puedan recargar. Por último, quienes usan el agua o hacen construcciones que la afectan tienen la obligación de cuidarla y aprovecharla de manera sostenible.

Texto oficial

ARTÍCULO 88.- Para el aprovechamiento sustentable del agua y los ecosistemas acuáticos se considerarán los siguientes criterios: Párrafo reformado DOF 13-12-1996 I. Corresponde al Estado y a la sociedad la protección de los ecosistemas acuáticos y del equilibrio de los elementos naturales que intervienen en el ciclo hidrológico; II.- El aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que comprenden los ecosistemas acuáticos deben realizarse de manera que no se afecte su equilibrio ecológico; Fracción reformada DOF 13-12-1996 III.- Para mantener la integridad y el equilibrio de los elementos naturales que intervienen en el ciclo hidrológico, se deberá considerar la protección de suelos y áreas boscosas y selváticas y el mantenimiento de caudales básicos de las corrientes de agua, y la capacidad de recarga de los acuíferos, y Fracción reformada DOF 13-12-1996 IV.- La preservación y el aprovechamiento sustentable del agua, así como de los ecosistemas acuáticos es responsabilidad de sus usuarios, así como de quienes realicen obras o actividades que afecten dichos recursos. Fracción adicionada DOF 13-12-1996

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

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