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Artículo 96 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) va a publicar las reglas oficiales para cuidar ríos, lagos, mares y todos los ecosistemas acuáticos. Además, tiene que ponerse de acuerdo con los empresarios, pescadores, agricultores y comunidades para evitar que esos lugares se sigan dañando y, en lo posible, recuperarlos. Básicamente, el gobierno no va a actuar solo: buscará trabajar junto con quienes usan el agua o viven cerca para protegerla.

Texto oficial

ARTÍCULO 96.- La Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas para la protección de los ecosistemas acuáticos y promoverá la concertación de acciones de preservación y restauración de los ecosistemas acuáticos con los sectores productivos y las comunidades. Artículo reformado DOF 13-12-1996

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.