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Artículo 39 de la LEY General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Consejo se encarga de crear y dirigir las reglas y programas del gobierno para apoyar a las personas con discapacidad. Para lograrlo, trabaja en equipo con diferentes dependencias del gobierno y también con empresas o grupos privados. Su labor es asegurarse de que tanto el sector público como el privado participen en las acciones y políticas que marca esta ley. Además, revisa y evalúa que todo eso se esté haciendo bien, para que realmente beneficie a quienes más lo necesitan.

Texto oficial

Artículo 39. El Consejo tiene por objeto el establecimiento de la política pública para las personas con discapacidad, mediante la coordinación institucional e interinstitucional; así como promover, fomentar y evaluar la participación del sector público y el sector privado, en las acciones, estrategias, políticas públicas y programas derivados de la presente Ley y demás ordenamientos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.