Artículo 24 Quáter de la LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que está al frente de la Secretaría de las Mujeres puede sugerirle al pleno del Sistema Nacional (que es como la junta principal donde se toman decisiones) que se creen comisiones especiales para trabajar en temas importantes. Estas comisiones se harían basándose en proyectos clave que estén alineados con el Plan Nacional de Desarrollo (el plan general del gobierno) y con el Programa Nacional (un plan más específico). En pocas palabras, la secretaria tiene la facultad de proponer grupos de trabajo enfocados en asuntos estratégicos, siempre y cuando sigan las directrices del gobierno federal. Esto sirve para organizar mejor el trabajo y atender problemas concretos.
Texto oficial
Artículo 24 Quáter.- La persona titular de la Secretaría de las Mujeres podrá proponer al pleno del Sistema Nacional, entre otras cosas, la creación de comisiones temáticas a partir de proyectos estratégicos alineados al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Nacional. Artículo adicionado DOF 15-01-2026
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