Artículo 37 de la LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, para que todos tengamos las mismas oportunidades de acceder a servicios como salud, educación o vivienda, el gobierno debe cumplir con cuatro tareas principales. Primero, asegurarse de que la gente conozca y entienda las leyes que protegen estos derechos. Segundo, revisar que tanto el gobierno como las empresas y la sociedad tomen en cuenta las necesidades de hombres y mujeres por igual en todo lo que hagan. Tercero, checar constantemente que las medidas contra la violencia por razones de género (como el maltrato a mujeres) sean efectivas para prevenirla, atender a las víctimas y castigar a los responsables. Por último, trabajar para cambiar las costumbres y creencias que tratan a un sexo como superior al otro, o que encasillan a hombres y mujeres en roles fijos, como que solo las mujeres cuiden a los hijos o solo los hombres trabajen fuera de casa.
Texto oficial
Artículo 37.- Con el fin de promover la igualdad en el acceso a los derechos sociales y el pleno disfrute de éstos, serán objetivos de la Política Nacional: I. Mejorar el conocimiento y la aplicación de la legislación existente en el ámbito del desarrollo social; II. Supervisar la integración de la perspectiva de género al concebir, aplicar y evaluar las políticas y actividades públicas, privadas y sociales que impactan la cotidianeidad; Fracción reformada DOF 14-11-2013 III. Revisar permanentemente las políticas de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género, y Fracción reformada DOF 14-11-2013 IV. Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres. Fracción adicionada DOF 14-11-2013
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.