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Ley
LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres
Artículo
43

Artículo 43 de la LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a pedirle a cualquier autoridad o institución del gobierno que te dé información sobre las leyes, reglas y programas que existen para garantizar que mujeres y hombres sean tratados igual. Ellas tienen la obligación de entregarte esa información si la solicitas. Esto incluye documentos, políticas o cualquier herramienta que usen para promover la igualdad. Basta con que pidas la información para que te la proporcionen.

Texto oficial

Artículo 43.- Toda persona tendrá derecho a que las autoridades y organismos públicos pongan a su disposición la información que les soliciten sobre políticas, instrumentos y normas sobre igualdad entre mujeres y hombres.

Ver texto oficial de la LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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