Artículo 107 de la LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú y otra persona firman un acuerdo de paz o arreglo (llamado "convenio") y lo registran en una oficina de un estado, ese acuerdo también se puede hacer cumplir en cualquier otro estado de México. Para que eso sea válido, solo necesitas comprobar que ese convenio cumple con todos los requisitos de contenido y forma que marca la ley. En otras palabras, no tienes que volver a registrarlo en cada estado, basta con que esté bien hecho desde el principio.
Texto oficial
Artículo 107. Los convenios registrados en una entidad federativa, serán ejecutables en cualquiera otra, cuando se acredite que cumplen con los requisitos de fondo y forma establecidos en las disposiciones legales aplicables para tal efecto. Sección Tercera Del Sistema de Convenios LEY GENERAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 26-01-2024 26 de 39
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