- Ley
- LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
- Artículo
- 15
Artículo 15 de la LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo solo puede decidir cuando hay suficientes miembros presentes. Para que una propuesta sea aprobada, necesita el apoyo de más de la mitad de los que están en la reunión en ese momento. No importan los ausentes ni los votos en contra, solo cuentan los que están ahí. Por ejemplo, si hay 10 personas, se necesitan al menos 6 votos a favor para que algo se apruebe.
Texto oficial
Artículo 15. El Consejo tomará sus decisiones por la mayoría simple de sus integrantes presentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.