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Ley
LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Artículo
81

Artículo 81 de la LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica que cuando hay un conflicto, se buscará arreglarlo no con castigos, sino ayudando a todos los involucrados a sanar y entender lo que pasó. La idea es reparar el daño emocional, material y social que sufrió la persona afectada, y lograr que todos puedan reintegrarse a su vida diaria familiar, escolar o vecinal sin generar más problemas. También se busca que cada quien entienda cómo sus decisiones afectaron a otros y asuma su responsabilidad. Además, se les dará la oportunidad de hacer un plan para resolver las consecuencias del conflicto. En el caso de escuelas, esto se hará con expertos en niños y adolescentes, para reparar las relaciones y que todos puedan volver a convivir.

Texto oficial

Artículo 81. Las prácticas o procesos restaurativos tendrán por objeto atender las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas de las partes involucradas en un conflicto, buscando lograr la integración de las mismas en su entorno de desarrollo bajo los principios de esta Ley, teniendo los siguientes objetivos: I. Restaurar a la parte afectada en el ámbito emocional, material y social; II. Procurar la integración de las partes en su entorno evitando futuros conflictos; III. Ayudar a las partes a comprender el impacto de las decisiones tomadas frente al conflicto y adoptar la responsabilidad que les corresponda; IV. Generar espacios seguros de integración social y comunitaria en ámbitos familiares, escolares, vecinales y demás escenarios de desarrollo de la persona; V. Brindar a las partes la oportunidad de desarrollar un plan para tratar de atender las consecuencias del conflicto, y VI. Auxiliar en la solución de conflictos en el ámbito escolar, procurando la reparación, reincorporación y restauración de las relaciones entre las partes afectadas, siempre actuando con personal especializado en perspectiva de infancia y adolescencia.

Ver texto oficial de la LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (pág. 20) ↗

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