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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGMASC/90
Ley
LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Artículo
90

Artículo 90 de la LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando quieras resolver una disputa usando la Solución de Controversias en Línea, primero debes seguir lo que hayas acordado con la otra persona, además de los protocolos y reglas establecidos. También tienes que cumplir con lo que dice esta Ley. En pocas palabras, todo debe hacerse según lo pactado y lo que marquen las normas oficiales.

Texto oficial

Artículo 90. Para iniciar la Solución de Controversias en Línea deberá atenderse a lo pactado por las partes, a los protocolos y demás reglas, así como a lo previsto en esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.