Artículo 133 de la LEY General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Además de lo que ya dice este capítulo, el gobierno federal y los gobiernos de los estados deben tener por lo menos estas tres cosas: Primero, un registro nacional de todas las detenciones que haga la policía, como dice la ley correspondiente. Segundo, un registro nacional de fosas que incluya tanto las fosas comunes de todos los panteones del país como las fosas clandestinas que encuentren la Fiscalía General y las fiscalías de cada estado. Tercero, bases de datos con fotos y ubicaciones de pistas o evidencias relacionadas con investigaciones, como fosas clandestinas o casas de seguridad, para que se puedan comparar con tecnología inteligente y así ayudar en la identificación forense.
Texto oficial
Artículo 133. Además de lo establecido en este Capítulo, la Federación y las Entidades Federativas, deberán contar, al menos, con: I. El Registro Nacional de Detenciones, previsto en la Ley Nacional del Registro de Detenciones; Fracción reformada DOF 16-07-2025 II. El Registro Nacional de Fosas, el cual deberá contar con la información respecto de las fosas comunes que existen en los cementerios y panteones de todos los municipios del país, así como de las fosas clandestinas que la Fiscalía, así como las Fiscalías Locales localicen, y Fracción reformada DOF 20-05-2021, 16-07-2025 III. Bases de datos de indicios criminalísticos que incluya exclusivamente información fotográfica y de ubicación de indicios relacionados con investigaciones, en particular lugares clandestinos de inhumación, casas de seguridad, entre otros, que permita hacer un cotejo forense con información tecnológica y de inteligencia artificial. Fracción adicionada DOF 16-07-2025 CAPÍTULO OCTAVO DEL PROGRAMA NACIONAL DE BÚSQUEDA Y DEL PROGRAMA NACIONAL DE EXHUMACIONES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.