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Ley
LEY General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas
Artículo
63

Artículo 63 de la LEY General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Ciudadano está obligado a hacer públicas todas sus decisiones, como lo marca la ley de transparencia. Sin embargo, también debe cuidar tus datos personales, como tu nombre o domicilio, y no divulgarlos sin permiso. En pocas palabras, la gente puede saber lo que decide el Consejo, pero sin exponer información privada de nadie.

Texto oficial

Artículo 63. Las decisiones que el Consejo Ciudadano adopte son públicas, en apego a la legislación de transparencia y protección de datos personales.

Ver texto oficial de la LEY General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (pág. 30) ↗

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