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Artículo 21 de la LEY General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las oficinas o personas que forman parte del Sistema Nacional (un grupo de instituciones que trabajan juntas en este tema) tienen que fomentar que todo sea claro y público, que se expliquen cómo se usan los recursos y que se luche contra la corrupción en su área. En pocas palabras, deben hacer que la información esté al alcance de todos, que rindan cuentas de su trabajo y que no permitan actos ilegales.

Texto oficial

Artículo 21. Los integrantes del Sistema Nacional tienen la obligación de promover la transparencia, la rendición de cuentas y el combate a la corrupción en el sector. Capítulo II De la distribución de las competencias

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.