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Artículo 81 de la LEY General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los Centros Públicos son como las herramientas clave del país para que México pueda ser autosuficiente en ciencia y tecnología. Su trabajo es ayudar al gobierno a entender y resolver los problemas importantes de México, como los que están en la Agenda Nacional, usando lo que saben de humanidades, ciencia y tecnología. También sirven para que las decisiones del gobierno se tomen con base en conocimientos reales y no solo en suposiciones, siempre respetando las diferentes culturas, regiones y los derechos de las personas, actuando con responsabilidad ética, social y con el medio ambiente.

Texto oficial

Artículo 81. Los Centros Públicos son instituciones fundamentales para alcanzar y consolidar la independencia científica y tecnológica del país, por lo que brindarán al Estado mexicano la solvencia humanística, científica, tecnológica y de innovación indispensable para la comprensión y atención integral de problemáticas nacionales relacionadas con la Agenda Nacional, así como, en general, para la toma de decisiones en asuntos públicos a partir del conocimiento científico y sus aplicaciones tecnológicas, desde un enfoque intercultural, de territorialidades y de derechos humanos con responsabilidad ética, social y ambiental.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

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