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Artículo 48 de la LEY General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si eres un servidor público y quieres presentar una queja formal contra algo que te afectó, tu escrito debe incluir estos datos: tu nombre completo y una dirección donde quieras recibir notificaciones, el acto o resolución que estás impugnando, los motivos por los que te lastima o perjudica ese acto, las razones de hecho y de derecho en las que basas tu queja, las pruebas que vas a presentar junto con los documentos que las respalden, y tu firma de puño y letra al final.

Texto oficial

Artículo 48. 1. El escrito de demanda por el que se inconforme la persona servidora pública, deberá reunir los requisitos siguientes: a) Hacer constar el nombre completo y señalar el domicilio del actor para oír notificaciones; b) Identificar el acto o resolución que se impugna; c) Mencionar de manera expresa los agravios que cause el acto o resolución que se impugna; d) Manifestar las consideraciones de hecho y de derecho en que se funda la demanda; e) Ofrecer las pruebas en el escrito por el que se inconforme y acompañar las documentales, y f) Asentar la firma autógrafa del promovente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.