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Ley
LEY General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral
Artículo
48

Artículo 48 de la LEY General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un servidor público y quieres presentar una queja formal contra algo que te afectó, tu escrito debe incluir estos datos: tu nombre completo y una dirección donde quieras recibir notificaciones, el acto o resolución que estás impugnando, los motivos por los que te lastima o perjudica ese acto, las razones de hecho y de derecho en las que basas tu queja, las pruebas que vas a presentar junto con los documentos que las respalden, y tu firma de puño y letra al final.

Texto oficial

Artículo 48. 1. El escrito de demanda por el que se inconforme la persona servidora pública, deberá reunir los requisitos siguientes: a) Hacer constar el nombre completo y señalar el domicilio del actor para oír notificaciones; b) Identificar el acto o resolución que se impugna; c) Mencionar de manera expresa los agravios que cause el acto o resolución que se impugna; d) Manifestar las consideraciones de hecho y de derecho en que se funda la demanda; e) Ofrecer las pruebas en el escrito por el que se inconforme y acompañar las documentales, y f) Asentar la firma autógrafa del promovente.

Ver texto oficial de la LEY General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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