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Artículo 58 de la LEY General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando el Tribunal Electoral ya te dio una sentencia, tú y las otras personas involucradas tienen 3 días después de recibir la notificación para pedirle que aclare o corrija algún punto que no esté claro. El tribunal tiene otros 3 días para resolver tu solicitud, pero ojo: solo puede explicar o arreglar detalles menores, nunca cambiar la decisión final.

Texto oficial

Artículo 58. 1. Una vez notificada la sentencia, las partes dentro del término de tres días podrán solicitar a la Sala competente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la aclaración de la misma, para precisar o corregir algún punto. La Sala respectiva dentro de un plazo igual resolverá, pero por ningún motivo podrá modificar el sentido de la misma.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.